Liber III · De Ecclesiae Munere Docendi · Cc. 747–833
Consultas sobre el Libro III
De la Función Docente · Cánones 747–833
Espacio de consulta sobre el Magisterio, la educación católica, las universidades y los medios de comunicación en el derecho canónico. Atendido por Jadson F. Castaño A., Mg. en Derecho Canónico, Pontificia Universidad Gregoriana, Roma.
1. ¿Sobre qué puede consultar en este Libro?
- El Magisterio (cc. 747–755): niveles de enseñanza magisterial, obligación de adhesión, consecuencias del rechazo.
- La predicación (cc. 756–772): quién puede predicar, licencias requeridas, predicación de los laicos.
- La catequesis (cc. 773–780): responsabilidad de los padres, párrocos y obispos en la formación catequética.
- La educación católica (cc. 793–806): derecho de los padres, escuelas católicas, obligaciones del Obispo diocesano.
- Universidades y facultades (cc. 807–821): denominación «católica», el mandatum, la missio canonica, supervisión episcopal.
- Medios de comunicación (cc. 822–832): uso de los medios, censura previa de libros litúrgicos y escritos sobre fe y costumbres.
- Profesión de fe (c. 833): quiénes están obligados a emitirla y en qué circunstancias.
2. Casos frecuentes de consulta — Libro III
Caso tipo 1 — Universidad que se llama «católica»
«Una institución universitaria usa la denominación ‘católica’ sin aprobación eclesiástica. ¿Es esto canónicamente válido?»
Orientación canónica: El c. 808 establece que ninguna universidad, aunque sea realmente católica, puede ostentar el nombre de «universidad católica» sin el consentimiento de la competente autoridad eclesiástica. El Obispo diocesano puede exigir la supresión de esa denominación (c. 809). Exponga el caso concreto para una orientación más precisa.
Caso tipo 2 — Catequista sin formación
«En nuestra parroquia el párroco ha nombrado catequistas sin ninguna formación canónica. ¿Es esto correcto?»
Orientación canónica: El c. 776 obliga al párroco a procurar que los fieles reciban formación catequética. El c. 780 establece que los Ordinarios deben velar para que los catequistas sean convenientemente formados. Los catequistas deben tener preparación doctrinal y pedagógica adecuada. Consulte el formulario para orientación específica.
3. Cánones principales del Libro III
- C. 747: La Iglesia tiene el deber y el derecho de anunciar el Evangelio.
- C. 750: Verdades que deben creerse con fe divina y católica.
- C. 752: Obsequio religioso ante el Magisterio auténtico.
- C. 768: Contenido esencial de la predicación.
- C. 793: Derecho y deber de los padres a la educación.
- C. 808: Requisito de consentimiento eclesiástico para denominarse «católica».
- C. 812: El mandatum para enseñar ciencias teológicas.
- C. 823: Potestad de la Iglesia sobre los escritos.
- C. 833: Quiénes deben emitir profesión de fe.
4. Realice su consulta sobre el Libro III
Exponga su situación o duda canónica relacionada con el Libro III. Su consulta será atendida con absoluta confidencialidad por Jadson F. Castaño A.
Omnis consultatio sub secreto tractatur
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Jadson F. Castaño A. · Mg. en Derecho Canónico · Pontificia Universidad Gregoriana, Roma · iuscanonicumcastano.com